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Código de Ética

 
1.  Intérpretes/Transliteradores deberán mantener toda información relacionada a la tarea asignada en estricta confidencialidad.

2.  Intérpretes/Transliteradores deberán llevar el mensaje fielmente manteniendo siempre el contenido y el ánimo del orador utilizando el lenguaje que mejor entienda(n) la(s) persona(s) a quien(es) se le(s) brinda el servicio.

3.  Intérpretes/Transliteradores no deberán aconsejar, recomendar o interponer opiniones personales.

4.  Intérpretes/Transliteradores deberán usar su discreción al aceptar tareas tomando en consideración sus destrezas, el ambiente y los consumidores involucrados.

5.  Intérpretes/Transliteradores deberán solicitar compensación por sus servicios de forma profesional y juiciosa.

6.  Intérpretes/Transliteradores deberán comportarse de acuerdo a la situación.

7.  Intérpretes/Transliteradores deberán esforzarse por ampliar sus conocimientos y destrezas participando en talleres, reuniones profesionales, interactuando con colegas profesionales y leyendo literatura actualizada en ese campo.

8.  Intérpretes/Transliteradores por virtud de la membresía o la certificación del RID, Inc. deberán esforzarse por mantener altos estándares profesionales en cumplimiento con el Código de Ética.

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